#NEWS Mañana 16 de junio empieza a regir la norma de implementación de lactarios en empresas
públicas y privadas en donde laboren 20 o más trabajadoras en edad fértil (15 a
49 años de edad). ¡En mi centro de labores ya los instalaron! ¿En tu trabajo ya lo implementaron?
Es importante
mencionar que si las trabajadoras de una empresa están repartidas en varias
sedes, y en cada una de ellas se llega a cumplir el requerimiento de 20
trabajadoras, la compañía deberá de implementar el lactario. Estas trabajadoras no necesariamente deberán
ser de la planilla del empleador, sino que también se incluye al personal
tercerizado con el que se cuente.
Los lactarios deben estar debidamente acondicionado con una refrigeradora o un
frigobar para poder conservar la leche materna, así como también ser accesible
a todas las madres trabajadoras, incluyendo a las madres con discapacidad.
Las empresas que
no cumplan con la implementación de este espacio serán sujetas a una multa,
según el tamaño de la misma y la cantidad de trabajadoras afectadas.
Datos Importantes:
El uso del lactario puede ser
como mínimo de una hora, pudiendo acudir a este espacio, por ejemplo, 3 veces
al día por 20 minutos.
· Si se requiriese mayor tiempo
en el lactario deberá ser demostrado con una certificación médica y negociado
con el empleador.
·
La hora de lactancia y el uso
del lactario son 2 beneficios diferentes. En la primera lo que se busca es la
conexión madre-hijo(a), mientras que el segundo está dirigido a la extracción y
conservación de la leche materna.
·
El uso del lactario no debería
ser descontado del sueldo de la trabajadora.
